Decálogo

Es inherente a la naturaleza del terrorismo el uso de la violencia o la amenaza de violencia para influir en un Estado, grupo de Estados u organización internacional. Cuando el terrorismo golpea a las sociedades democráticas, provoca que las víctimas destruyan el Estado y sus instituciones, afectando la convivencia en paz y libertad. Siempre existe un vínculo entre el ataque terrorista y una política de estado sobre la cual influir, y en el contexto de los estados democráticos, la acción del individuo o del grupo terrorista es siempre un ataque contra la democracia y el estado de derecho.

En este contexto, las víctimas del terrorismo no son simples víctimas del delito. Las víctimas del terrorismo son asesinadas en nombre del Estado, el verdadero objetivo del ataque. Hacemos un llamamiento para que se reconozca la importancia política de las víctimas del terrorismo reconociéndolas expresamente como símbolos de la defensa del estado de derecho democrático frente a la amenaza terrorista.

El componente de transnacionalidad de la amenaza terrorista, tanto debido a la pluralidad de países afectados como a la multinacionalidad de sus víctimas, requiere una respuesta específica de las instituciones europeas y la coordinación entre los Estados miembros. En este sentido, la recientemente aprobada DIRECTIVA (UE) 2017/541, del 15 de marzo de 2017, sobre la lucha contra el terrorismo establece en sus artículos 24, 25 y 26 las bases mínimas para la protección, el apoyo y los derechos de las víctimas del terrorismo.

Las Asociaciones de Víctimas del Terrorismo en Europa que colaboran bajo los auspicios de EPAVT trabajarán conjuntamente con los órganos competentes de la Unión Europea y de los Estados miembros de la UE y de la Unión Europea para:

1

Solicitar a los Estados miembros de la UE el desarrollo de políticas antiterroristas y de seguridad centradas en la protección y el apoyo de las víctimas del terrorismo.

2

Establecer procedimientos para mejorar la cooperación entre todos los actores interesados, tanto de las instituciones públicas como de las asociaciones de víctimas, para garantizar una protección integral, coordinada, especializada y específica.

3

Ayudar a establecer principios de coordinación entre las diferentes asociaciones europeas de víctimas del terrorismo en Europa para la protección y el apoyo de las víctimas del terrorismo, independientemente de su nacionalidad y el lugar de comisión del ataque terrorista.

4

Fomentar la creación de una Oficina europea de asistencia a las víctimas del terrorismo en el marco de la Comisión Europea para coordinar las diferentes oficinas y organismos que trabajan en los diferentes Estados miembros.

5

Asegurar un acceso simple y rápido a la ayuda y compensación para las víctimas después del ataque terrorista y considerar la viabilidad de establecer un Fondo Común de Compensación por daños y perjuicios resultantes de ataques terroristas cometidos dentro de la Unión Europea.

6

Sensibilizar sobre la necesidad de una legislación específica para las víctimas del terrorismo a nivel europeo y en cada uno de los Estados miembros específicos.

7

Promover capacitación específica para los profesionales a cargo de ayudar a las víctimas del terrorismo en los ámbitos psicológico, legal y social para proporcionar a las víctimas del terrorismo asistencia específica, profesional y cercana.

8

Promover la necesidad de establecer protocolos comunes de acción a nivel europeo después de un ataque terrorista.

9

Mejorar la participación de la víctima del terrorismo en todas las fases del proceso judicial, tanto civil como penal. La participación de las asociaciones de víctimas del terrorismo en el proceso también debe considerarse una forma de evitar un mayor sufrimiento a las víctimas del terrorismo.

10

Alentar la organización de eventos para honrar y preservar la memoria de las víctimas para las generaciones presentes y futuras vinculadas a la denuncia de la extrema ilicitud del acto de victimización y la difusión de los valores democráticos y éticos.